BIBLIOTágora el blog de Biblioteconomía y Documentación, en el que no se habla de Biblioteconomía y Documentación… sólo: "El ruido de las carcajadas pasa. La fuerza de los razonamientos queda"

18 abril 2012

Una visión sobre la actual crisis de la crisis en la Zona-euro*

Filed under: Economía,Sociedad — anpoto @ 0:34 am

 

Indicador de Incidencia de la Huelga sobre el Consumo de Electricidad en la Actividad Productiva

 

[…] La actual crisis de la Euro-zona es resultado, fundamentalmente, de un diseño institucional deficiente y, en menor medida, de la mala combinación de políticas. El diseño institucional deficiente se explica con base en las limitaciones del Tratado de Maastricht (1992), específicamente las restricciones a los déficit gubernamentales y el techo al coeficiente de la deuda gubernamental como porcentaje del Producto Interno Bruto (pib) o razón de deuda gubernamental a pib.El supuesto detrás de estas limitaciones es la convicción de que la estabilidad monetaria descansa sobre una inflación baja que está conectada con una reducida deuda gubernamental. Así, el error fundamental del diseño institucional del Tratado de Maastricht es prohibir a los bancos centrales comprar y retener bonos gubernamentales (el Artículo 123 de éste tratado impide al banco central comprar directamente bonos a los gobiernos). Esta disposición está inspirada en la doctrina que rigió la política del Reichsbank Alemán1 en el periodo entre-guerra (años de 1930) El presidente de esta institución, el Sr. Hjalmar Schacht, evitó ser condenado en los juicios de Nuremburg porque fue removido de su puesto por Hitler, debido a que protestó por la sobre-emisión de bonos del Tesoro Alemán, los cuales debían ser descontados por el Reichsbank.

El enfoque Schachtiano revirtió una antigua tradición de la banca central alemana, según la cual, el banco central tiene la función de ser banquero del gobierno. Los bancos centrales más antiguos (Inglaterra y Suecia) fueron establecidos explícitamente para administrar las deudas de sus gobiernos. En este contexto, la alta inflación alemana a principios de la década de 1990 (a raíz de la unificación alemana) despertó fuertes sensibilidades sobre el tema de la inflación. Éste ordenamiento institucional defectuoso fue validado por un largo periodo de reducción de la inflación, manteniéndose, después de 1995, relativamente constante. Los banqueros centrales, no fueron modestos en reclamar este resultado, como su logro. En el presente, los acuerdos institucionales son inadecuados, lo cual es ampliamente obvio y señalado. La Euro-zona tiene un banco central sin gobierno o, gobiernos sin bancos centrales y, los bancos (comerciales –nota del traductor–) no cuentan con un prestamista efectivo de última instancia. Con un régimen de baja inflación que, en la actualidad, se está convirtiendo en deflación y, sin la posibilidad de expandir los balances gubernamentales, el actual sistema no tiene ningún mecanismo para eliminar la deuda excesiva en la economía. Actualmente, las deficiencias de los acuerdos del Tratado de Maastricht son más evidentes por la exigencia de mantener techos en el coeficiente de deuda a PIB. Hoy en día (octubre de 2011) prácticamente todos los países en la Euro-zona no pueden cumplir dicho límite, por ejemplo, Alemania, tiene una razón de deuda gubernamental a PIB entre 82 y 88%. Así, todos los gobiernos están obligados a operar con superávit fiscal hasta que se reduzca su razón deuda a pib o, se encuentre por debajo del techo impuesto. Obviamente, los superávit fiscales causan reducciones en el pib, a menos que sean compensados por un superávit comercial o inversión del sector privado. Sin embargo, para que el pib comience a aumentar, los superávit comerciales […]

 

(Acceso al texto completo)

 

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  • *Toporowski, Jan. “Una visión sobre la actual crisis de la crisis en la Zona-euro” [en línea]. Economía informa.  No. 372 enero-febrero (2012). <http://www.economia.unam.mx/publicaciones/econinforma/372/01jan.pdf> [Consulta: 14 abril 2012]
  • [Imagen de Angela Merkel]. Recuperado de http://www.larazon.es/images/uploads/image/f0/f7/357377/c617x266_mer.jpg?1329292006. [Consulta: 14 abril 2012]

6 abril 2012

El “corralito” en España: el caso de las Participaciones Preferentes

Filed under: Economía,Sociedad — anpoto @ 3:50 am

 

Bankia pagó 6,44 millones a su cúpula directiva en 2011; sin embargo, mantiene bloqueados los ahorros de miles de familias. Primero, rechazando las solicitudes de venta de las participaciones preferentes vendidas fraudulentamente a decenas de miles de personas, mayoritariamente pensionistas/jubilados o de edades avanzadas. Se las “ofrecían”  como un producto semejante a un  plazo fijo, pero con mejores intereses, sin realizarles tests de idoneidad previos o dándoles éstos a firmar sin explicar en qué consistían, ni las obligaciones que contraían.

Segundo, el pasado mes, las preferentes se canjearon por acciones, cuyo valor se calcula puede llegar a bajar entre un 20 y un 60%, imponiendo unas condiciones que en la práctica pueden llegar a suponer la pérdida del 25% del nominal inicial -el de las participaciones-, si son vendidas de forma inmediata, más el porcentaje del valor de las acciones perdido  ( -5% el primer día en que cotizaron junto a las ya existentes anteriormente). Paralelamente, los rumores sobre la imposibilidad de dicha entidad financiera de hacer frente a la nueva normativa reguladora del sistma bancario español van creciendo exponencialmente.

En un informe elaborado por el equipo de análisis de La Caixa sobre la situación del sistema financiero español se asegura que Bankia podría registrar unas pérdidas de 640 millones de euros al finalizar 2012 si no genera plusvalías extraordinarias, entre otras cosas porque tendrá que contar con 3.400 millones de euros para provisionar fondos de acuerdo con los nuevos requisitos de saneamiento exigidos por el Gobierno. (El Plural)

Empero, nada parece afectar a las retribuciones percibidas por los altos ejecutivos de la entidad.

 

¿Qué son las participaciones preferentes? 

“[…]Las entidades financieras españolas y también algunas entidades no financieras en los últimos años se han estado financiando en gran medida a través de las denominadas Preference Shares emitidas por filiales domiciliadas en paraísos fiscales o territorios de baja tributación. La operativa era sencilla, la entidad financiera española constituía una filial en el extranjero, generalmente en las Islas Caimán, que emitía las participaciones preferentes con destino al mercado nacional o bien con destino a inversores extranjeros. Los recursos captados por la filial se depositaban en la matriz a cambio de una remuneración. El importe obtenido por la remuneración del depósito servía para pagar la retribución pactada a los inversores de las participaciones.

El perfil del instrumento era similar al de las acciones sin voto siendo su característica más notable que la remuneración se encuentra predeterminada, era fija, preferente y no acumulativa, pagadera normalmente por trimestres vencidos a un determinado tipo anual calculado sobre el valor nominal de cada acción o participación preferente, cuyo pago estaba condicionado a la existencia de un beneficio distribuible suficiente en la entidad matriz, así como a las limitaciones impuestas por la legislación española sobre recursos propios.

La legislación española, cuando se utilizaba la captación de recursos mediante esta fórmula, no consideraba la existencia de acciones sin voto no acumulativas. En la legislación española hasta la modificación llevada a cabo por la Ley 19/2003, de 4 de julio, sobre régimen jurídico de los movimientos de capitales y de las transacciones económicas con el exterior y sobre determinadas medidas de prevención del blanqueo de capitales, las acciones sin voto tenían que ser retribuidas, además del dividendo fijo con el dividendo de las acciones ordinarias, lo que elevaba el coste de la emisión de este instrumento. Por esta razón estas acciones sin voto eran calificadas, por la normativa de solvencia, como recursos de 2.a categoría[…]”

Los media españoles han corrido un tupido velo, con, a lo sumo, referencias escuetas y contradictorias que han podido aparecer, dedicadas al tema de las participaciones preferentes. Se estima que cerca de 1.000.000 de personas han adquirido participaciones preferentes de hasta 15 entidades bancarias españolas. Alrededor de 25.000 millones de euros, según cálculos conservadores, constituidos en una auténtica bomba de relojería.

 

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