BIBLIOTágora el blog de Biblioteconomía y Documentación, en el que no se habla de Biblioteconomía y Documentación… sólo: "El ruido de las carcajadas pasa. La fuerza de los razonamientos queda"

15 novembre 2009

DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS DE LA MUJER Y DE LA CIUDADANA

Filed under: Sociedad,Violencia doméstica — anpoto @ 23:03 pm

PREÁMBULO

Las madres, hijas, hermanas, representantes de la nación, piden que se las constituya en asamblea nacional. Por considerar que la ignorancia, el olvido o el desprecio de los derechos de la mujer son las únicas causas de los males públicos y de la corrupción de 105 gobiernos, han resuelto exponer en una declaración solemne, los derechos naturales, inalienables y sagrados de la mujer a fin de que esta declaración, constantemente presente para todos los miembros del cuerpo social les recuerde sin cesar sus derechos y sus deberes, a fin de que los actos del poder de las mujeres y los del poder de los hombres puedan ser, en todo instante, comparados con el objetivo de toda institución política y sean más respetados por ella, a fin de que las reclamaciones de las ciudadanas, fundadas a partir de ahora en principios simples e indiscutibles, se dirijan siempre al mantenimiento de la constitución, de las buenas costumbres y de la felicidad de todos. En consecuencia, el sexo superior tanto en belleza como en coraje, en los sufrimientos maternos, reconoce y declara, en presencia y bajo 105 auspicios del Ser supremo, los Derechos siguientes de la Mujer y de la Ciudadana […]

Mujer-japonesa

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25 de noviembre, Día Internacional contra la Violencia de Género

Filed under: General — anpoto @ 22:18 pm

 

Lazo cotra la violencia de género

 

13 novembre 2009

Piratería en Somalia: “mares fallidos” y consideraciones de la historia marítima

Filed under: Sociedad — anpoto @ 2:47 am

La captura de buques por piratas somalíes durante los últimos tiempos está pasando del interés mediático por las aprehensiones al interés estratégico por su análisis. El artículo de Middleton (2008) para Chatham House, que se cita en la mayor parte de los primeros análisis como referencia, ha compilado una serie de trabajos procedentes de distintas fuentes que, pese a sus innegables aportaciones, conviene matizar. Dicha ponderación responde a cuestiones de perspectiva y metodología, ya que aunque se incluya a la piratería con frecuencia dentro de la rúbrica de los “nuevos riesgos”, tal calificativo puede inducir a presentar una visión sesgada de una actividad delictiva que hunde sus raíces y enseñanzas en la noche de los tiempos. Por Fernando Fernández Fadón

Calavera

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La retención por trabajo personal de los no residentes

Filed under: General — anpoto @ 1:44 am

Aunque el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes se aprobó por el Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo, hasta tres años después, la Agencia Tributaria no ha comenzado a ocuparse de su cumplimiento de forma contundente. Precisamente cuando, visto lo que hay con la inmigración en España, lo que procedía era la modifi cación de la normativa que regula esa tributación para evitar situaciones que llegan a resultar absurdas y sensiblemente injustas. Una modificación que no tiene que ser una alarde de imaginación, ni de cálculos para saber su repercusión en las arcas del Estado, sino la aplicación del sentido común para tratar a los contribuyentes sin que éstos se sientan perjudicados ni, menos aún, discriminados.

La Ley se elaboró para evitar la evasión de impuestos derivados de ingresos elevados obtenidos en nuestro país por personas que, por no ser residentes en el mismo, no tienen obligación de declarar por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, pero, al no concretarlo, introduce en su ámbito de aplicación a todas aquellos que sin tener la condición de residentes perciban cualquier cantidad por rendimientos de trabajo personal, por pequeña que sea, la misma está gravada en su origen con una retención del 24%, porcentaje excesivo para gran parte de los muchos inmigrantes de más reciente ncorporación al mercado de trabajo español, cuyos ingresos pocas veces llegan a la cuantía anual por la que los pagadores están obligados a retener a los residentes sujetos al IRPF.

Para que sus ingresos no tengan esa retención los inmigrantes han de permanecer en España más de 183 días durante cada año natural, tiempo para el que se computan sus ausencias esporádicas, salvo que acrediten su residencia fiscal en otro país, que no sea de los califi cados como «paraísos fiscales», en cuyo caso la Administración Tributaria puede exigir que el contribuyente pruebe la permanencia en el territorio correspondientes durante 183 días del año natural. Asimismo ha de radicar en España el núcleo principal de sus intereses económicos, de forma directa o indirecta. Por Enrique García Tomás

Taxes

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6 novembre 2009

El embrujo de Beckham

Filed under: Deporte,Sociedad — anpoto @ 13:50 pm

SOLANO, José Ramón “El embrujo de Beckham” [en línea]. lne.es 6 noviembre 2009 http://www.lne.es/deportes/2009/11/06/embrujo-beckhambr/830597.html [consulta: 6 noviembre 2009]

Nada más lejos de mi intención que hablar del personaje mediático, pero el uso en los medios de la injustamente llamada «ley Beckham», que ha provocado la explosión en la santabárbara del fútbol y amenaza una huelga en nuestros estadios, merece una sosegada reflexión sobre las razones de su introducción en la ley del IRPF en el año 2004, y los motivos esgrimidos en la actualidad para su desaparición.

Pelota de fútbol


La ley que hoy pretende modificarse fue aprobada por el Gobierno del Partido Popular, siendo ministro de Hacienda el hoy candidato consensuado a bofetadas para el puesto de boss de Caja Madrid, Sr. Rato, D. Rodrigo, entrando en vigor el 1 de enero de 2004, recién incorporado Mr. Beckhan en julio de 2003 al Real Madrid. La exposición de motivos de la norma ondulaba sobre el interés pretendido de que vinieran a residir a nuestro país los mejores profesionales, de cualquier ramo, con el atractivo de una baja presión fiscal, tipo impositivo fijo del 24%. Los únicos requisitos impuestos por la ley residían en que los que venían en búsqueda del Dorado, nunca mejor dicho, no hubieran residido en España en los diez años anteriores y que viajaran amparados por un contrato laboral prestado a empresa residente en España, manteniéndose dichas ventajas fiscales el año en que empezaran a residir en España y los cinco siguientes.

Bueno, y mientras, ¿cómo tributaban el resto de los ciudadanos residentes en España en los que no concurrían las circunstancias del cambio de residencia? Bien sencillo, como el alma de conquistador se nos quedó anclada en el siglo XV, y ahora no nos cambiamos ni de barrio por no perder nuestras referencias, no tenemos la posibilidad de someternos a las alcabalas de Las Indias, y la AEAT nos recuerda la debida solidaridad impuesta en el artículo 31 de nuestra Carta Magna, y que se traduce en un IRPF progresivo, tipos impositivos más elevados conforme mayores ingresos se obtengan y que, afortunadamente, han ido deslizándose desde el 56% hasta el actual 43%.

Un simple ejemplo circunscrito al mundo del fútbol, que parece que es lo que ha abierto la caja de los truenos, nos explicará mejor las consecuencias de la norma. Así, si Raúl, jugador del Madrid compañero de Beckham durante unos años (para que no se me tilde de madridista, cambien a Raúl por Iniesta, y a Beckham por Ibrahimovic), hubieran tenido similar contrato, los recién llegados habrían pagado impuestos al tipo del 24%, y los residentes tradicionales, el abuelo juvenil y el manchego inolvidable, lo habrían hecho a tipos sensiblemente más altos, con lo que, al final, lo que les llega al bolsillo estaría más menguado para los más solidarios en términos impositivos.

Y ya puestos, si abandonamos por un momento el mundo del fútbol, pasamos al mundo del resto de los humanos y ponemos de protagonista a cualquiera que hoy gane más de 52.360 euros, tendría que pagar por el exceso el actual tipo del 43% (antaño más elevado), mientras que el recién llegado seguiría pagando el 24% ganara lo que ganara.

¿Y qué es lo que ha motivado la convulsión actual que nos pone al borde del naufragio de la Liga de las estrellas? Pues algo tan sencillo de entender como que se cierra la puerta a los que viajan en patera de lujo sin problemas aduaneros (no sólo futbolistas) y ganen más de 600.000 euros/año, que a partir del momento en que las Cortes Generales den el visto bueno y nuestro Monarca promulgue la norma, no tendrán más remedio que pagar los mismos impuestos que pagamos el resto de los ciudadanos que vivimos desde siempre en este país, eso sí, según parece sólo aplicable para los futuros contratos, no los ya firmados que se encuentren en vigor.

Es evidente que la ley no va a decir que el cambio se hace pensando en los jugadores de fútbol, porque ya me dirán ustedes cuántos investigadores o especialistas en energía eólica vienen atraídos a España con sueldos superiores a esos 600.000 euros anuales, por lo que el mensaje que traslada el actual Gobierno, del PSOE, apoyado por grupos minoritarios, es que no comparte el cambio legal que se produjo en el año 2004 dando un trato bonancible en lo fiscal, y que lo único que pretende es reponer la ley a su estado original dando similar trato a todos los ciudadanos que residan en España, con independencia de si son o no recién llegados para una previsible corta estancia ajustada a unos contratos temporales, o se trata de residentes que no emigramos al filo de lo imposible, aunque podría oponerse que si la ley era injusta entonces, por qué esperar desde marzo de 2004 en que las urnas dieron el poder a los socialistas hasta hoy, más de cinco años después.

Hasta aquí lo que ha estado en vigor desde el año 2004 a 2009, y ahora se pretende modificar, que cada uno saque las conclusiones que tenga a bien, que si en el interior de cada españolito se oculta un entrenador en potencia, no lo va a ser menos para opinar del tema del día.

Futbol


Y una última reflexión a debate nada desdeñable, ¿a que no han escuchado hasta ahora la opinión de ningún jugador, ni de los foráneos ni de los celtíberos, a que a los únicos a los que han escuchado es a los dirigentes de los clubes de fútbol, bien de forma individual o a través de la Liga de Fútbol Profesional?

La razón no hay que buscarla en lugares recónditos, está en la superficie a la vista, cuando se sientan los directivos de los clubes con los agentes que representan a los jugadores para cerrar la contratación de nuevos jugadores, sean o no nacionales, siempre se negocia sobre la base de fichas, primas y demás incentivos con el carácter de netos, es decir, libres de impuestos, lo que entraña que al jugador le importa un bledo los impuestos que tenga que pagar porque éstos son asumidos por los clubes, y de ahí el sonoro silencio de los jugadores con contratos ya firmados: nada cambia para ellos, todo sigue igual.

Pero a quien no le es igual es a los clubes españoles de fútbol, quienes aducen que a partir de ahora verán incrementados los precios de sus futuros fichajes por la sobrecarga de impuestos que ahora están en vías de aprobación y que dificultarán que grandes jugadores puedan recalar en nuestra cada vez más afamada y competitiva Liga, lo que redundaría en una merma de ingresos, y en consecuencia, de vuelta, también un perjuicio para las arcas del Tesoro.

La polémica está servida, lo malo es que el guiso está envenenado, y se auguran malas digestiones.


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